- El Reglamento europeo REACH tiene como finalidad mejorar la protección para la salud humana y el medio ambiente frente al riesgo que puede conllevar la fabricación, comercialización y uso de las sustancias y mezclas químicas.
- Desde 2008, empresas fabricantes, importadoras de sustancias , mezclas o sustancias contenidas en artículos deben registrar las distintas sustancias . El registro implica identificar claramente cada sustancia sujeta a registro y proporcionar información exhaustiva acerca de sus peligros y, según proceda, estimar el grado de exposición a que estarán sometidos los seres humanos y el medio ambiente.
- Asimismo, los usuarios intermedios deben asegurar la transmisión de la información en la cadena de suministro.
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Azierta, proporciona asesoramiento y soporte técnico altamente especializado, con más de 10 años de experiencia, en el cumplimiento del Reglamento (UE) 1907/2006 (REACH) así como del Reglamento (UE) 1272/2008 (CLP) acorde a las guías correspondientes publicadas por la ECHA.
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¿En qué consiste el soporte Azierta?
REACH (Registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y mezclas químicas)
- Registro de sustancias, como registrante líder o como miembro de un registro conjunto…
- Derivación del DNEL o valor límite con el que valorar la exposición de los trabajadores.
- Caracterización del riesgo para salud humana.
- Cálculo del PNEC o valor límite de liberación medioambiental.
- Clasificación de sustancias según criterios CLP teniendo en cuenta datos toxicológicos de partida.
- Notificación al catálogo de clasificación y etiquetado.
- Notificación al Instituto Nacional de Toxicología (código UFI).


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En Azierta, contamos con un equipo multidisciplinar (compuesto por químicos, ambientólogos, biólogos) altamente especializado en seguridad química y expertos en toxicología miembros de AETOX, EUROTOX y ERT.
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