La financiación europea se puede clasificar en dos grandes grupos:
1. Programas de Gestíon Indirecta:
Son todos aquellos programas cuyos recursos están regulados por entidades locales (de los Estados Miembros), en particular, las regionales, que disponen el uso de los recursos a través de métodos y procedimientos que responden a la lógica y las normas nacionales sobre la base de una programación aprobada por la CE.
Estos recursos están representados principalmente por los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión.
Son programas de gestión compleja donde intervienen las administraciones comunitaria, nacional y regional.
2. Programas de Gestión Directa:
Los programas de Gestión Directa de la Unión Europea consisten en una serie de líneas de financiación de la propia Comisión Europea (CE) que subvencionan proyectos de interés para el conjunto de la Comunidad. Estos programas, cubren prácticamente todo tipo de temáticas y sectores.
En los programas de Gestión Directa la Comisión Europea se reserva la gestión exclusiva de éstos, desde la publicación de las convocatorias hasta la selección final de los proyectos, además de la gestión contractual y financiera de los mismos.
Criterios comunes en todos los programas de Gestión Directa
Los programas de Gestión Directa se caracterizan por una serie de criterios comunes que serán imprescindibles para que cualquier proyecto presentado sea elegible:
Valor Añadido Europeo: los proyectos han de ser innovadores y deben aportar al conjunto de la UE nuevas experiencias de las que puedan beneficiarse en el futuro otros agentes no involucrados directamente en el proyecto (replicabilidad).
- Trans-nacionalidad: generalmente se requiere la participación en estos proyectos de al menos 3 socios comunitarios.
- Finalidad no lucrativa: las actividades que se financien no pueden tener como objeto el beneficio económico de los socios.
- Principio de co-financiación: la Comisión Europea co-financia parte del proyecto pero los socios deben responsabilizarse del resto de la financiación, pudiendo encontrarla tanto en el sector público como en el privado.
- Presentación de proyectos abierta a una multitud de agentes: municipios, administraciones regionales, empresas, universidades, ONGs, centros de investigación, etc.
Ciclo de vida de un programa de Gestión Directa
El proceso de elaboración de propuestas para solicitar una ayuda de Gestión Directa engloba una serie de etapas que abarcan desde la búsqueda de la convocatoria de interés, hasta la revisión de la documentación básica y la presentación de la propuesta.
El siguiente gráfico contempla todas estas etapas resumidamente:
1. En una primera etapa, es necesario comprobar que el proyecto cumple con los requisitos básicos para participar en el programa:
– Es una idea excelente e innovadora.
– Existe una clara justificación de la dimensión transnacional del proyecto.
2. Una vez identificadas las convocatorias de interés, se procede a la elaboración de la propuesta. Dicha etapa engloba a su vez cuatro fases:
a. Consulta de la documentación básica: con el propósito de garantizar que la propuesta responde a los requerimientos de las distintas convocatorias de interés, se recomienda a los interesados consultar los siguientes documentos:
– Programa de Trabajo de la convocatoria: documento fundamental ya que contiene los objetivos detallados de cada convocatoria, fechas, presupuestos o criterios de evaluación de las propuestas. El Programa de Trabajo suele variar desde la apertura de una convocatoria. Por ello, se recomienda revisarlo de forma periódica.
– Guía de Proponentes: es una guía detallada para la preparación de una propuesta.
b. Elaboración de una memoria administrativa, que incluye información general relativa a cada organización participante en el proyecto: nombre de la organización, estatus legal de la misma, datos de contacto, desglose de costes por socio y tipo de actividad de cada uno de ellos…
c. Elaboración de la memoria técnica, la cual consta, dependiendo del programa concreto de Gestión directa, de diversos apartados.
d. Formación del consorcio: la formación de consorcios es lo habitual en los proyectos financiados por programas de Gestión Directa.
3. Presentación de la propuesta: la forma de envío de la propuesta aparece especificada en cada convocatoria si bien la forma más habitual es el envío de forma electrónica.
Principales programas europeos de Gestión Directa
1. Programa Horizonte 2020
HORIZON 2020 tiene el objetivo de ser un instrumento financiero europeo para implementar la Innovación en la Unión y asegurar la competitividad, el crecimiento y la creación de empleo en Europa. La propuesta dota la capacidad I+D+i europea de excelencia investigadora y de liderazgo industrial en la innovación.
2. Programa LIFE
Instrumento europeo de financiación de proyectos que promuevan la preservación del medio ambiente y la naturaleza.
Horizonte 2020
Horizonte 2020 incluye un completo abanico de ayudas que se integran a lo largo de todo el ciclo de la investigación y la innovación. Por tanto, agrupa y refuerza las actividades actualmente financiadas por el 7º Programa Marco de investigación, las partes correspondientes a la innovación del Programa Marco para la Innovación y la Competitividad (CIP) y el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología.
Podrán acceder a los fondos de Horizonte 2020 (70.200 millones de euros para la totalidad del período) institutos de investigación, universidades, empresas privadas innovadoras y pequeñas empresas.
Uno de los principales objetivos del programa Horizonte 2020 es el de elevar el nivel de excelencia en la ciencia básica europea y asegurar un flujo constante de investigación de calidad para garantizar la competitividad a largo plazo de Europa.
Condiciones de participación en Horizonte 2020
1. Formación de consorcios
Se aplicarán las siguientes condiciones mínimas:
- Participarán en una determinada acción al menos tres entidades jurídicas;
- Cada una de las tres entidades deberá estar establecida en un Estado miembro o país asociado;
- No podrán estar establecidas dos en el mismo Estado miembro o país asociado y las tres entidades jurídicas deberán ser independientes entre sí.
No obstante, en el caso de las acciones «en las fronteras del conocimiento» pertenecientes a la prioridad I («Ciencia excelente»), del instrumento dedicado a las PYMEs, de las acciones de cofinanciación en el marco del programa y en casos justificados previstos en el programa de trabajo o en el plan de trabajo, la condición mínima será la participación de una entidad jurídica establecida en un Estado miembro o país asociado.
2. Condiciones para obtener financiación
Los siguientes participantes tendrán derecho a recibir financiación de la Unión en el programa Horizonte 2020:
a. Cualquier entidad jurídica establecida en un Estado miembro o país asociado, o constituida de conformidad con el Derecho de la Unión. Es decir, en horizonte 202 pueden participar una gran diversidad de entidades: Universidades, Centros de Investigación, empresas públicas y privadas, administraciones públicas locales autonómicas y nacionales, ONG’s… ;
b. Cualquier organización internacional de interés europeo;
c. Cualquier entidad jurídica establecida en un tercer país identificado en el programa de trabajo.
3. Criterios de selección y adjudicación
Las propuestas presentadas serán evaluadas sobre la base de los siguientes criterios de adjudicación: excelencia, impacto, calidad y eficacia de la ejecución.
La Comisión o el organismo de financiación correspondiente comprobará por anticipado la capacidad financiera solo en el caso de los socios coordinadores, cuando la financiación (subvención) solicitada de la Unión para la acción sea igual o superior a 500.000 EUR, a no ser que, a tenor de información ya disponible, existan motivos justificados para dudar de la capacidad financiera del coordinador o de otros participantes.
La capacidad financiera no se verificará en el caso de las entidades jurídicas cuya viabilidad esté garantizada por un Estado miembro o un país asociado y en el caso de los centros de enseñanza secundaria y superior.
4. Financiación de la acción
La financiación de una acción no podrá superar el total de los costes subvencionables, menos los ingresos de la acción. Las acciones que consisten principalmente en actividades tales como la creación de prototipos, los ensayos, la demostración, el desarrollo experimental, los sistemas piloto y la aplicación comercial.
Los costes subvencionables de las acciones de dividen en costes directos e indirectos:
- Costes directos: personal, fungibles, equipamiento, viajes y subcontrataciones
- Costes subvencionables indirectos se determinarán mediante la aplicación de un tipo fijo del 25 % del total de los costes subvencionables directos, excluidos los costes subvencionables directos de la subcontratación, los costes de los recursos facilitados por terceros que no se utilicen en las instalaciones del beneficiario y la asistencia financiera a terceros.
Se aplicará un porcentaje único de reembolso de los costes subvencionables por acción para todas las actividades financiadas en el marco de la acción.
5. Evaluación de propuestas
La Comisión nombrará a expertos independientes para evaluar las propuestas. Los expertos independientes se elegirán sobre la base de las competencias, la experiencia y los conocimientos adecuados a las tareas que les sean encomendadas.
Azierta está trabajando en la gestión global de proyectos en el programa de financiación de la I+D+i Europeo HORIZONTE 2020. Si se requiere información adicional para la solicitud de ayudas dentro del programa HORIZONTE 2020, puede ponerse en contacto en la siguiente dirección de correo electrónico: regulatory@azierta.com